“Los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coerción, la discriminación y la violencia”.
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, 15 de septiembre de 1995.
El Comité de Derechos Humanos ha indicado que la esterilización de la mujer sin su consentimiento infringe el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos.”. El Relator Especial contra la Tortura ha destacado también que, dada la especial vulnerabilidad de las mujeres con discapacidad, el aborto forzoso y la esterilización, como resultado de un proceso judicial en que la decisión es tomada contra su voluntad por su tutor legal, pueden constituir tortura o malos tratos.
Amnistía Internacional ha venido denunciando situaciones como la de China donde, en un intento de cumplir los objetivos de planificación familiar, las autoridades ponen en práctica medidas para esterilizar a miles de personas, algunas en contra de su voluntad.
En octubre 2011 hubo avances sobre esta materia en Perú, donde las autoridades anunciaron que la Fiscalía de la Nación había reabierto una investigación sobre la esterilización forzada de más de 200.000 mujeres realizada durante la presidencia de Alberto Fujimori, en la década de 1990.
Sin embargo, en casos como Eslovaquia, las autoridades siguen sin reconocer su responsabilidad. En este país, una abogada de la ONG Centro de Derechos Humanos y Civiles, pidió al gobierno en 2011 que dejara de negar su responsabilidad en las esterilizaciones forzadas, que pidiera perdón a todas las víctimas y les garantizara una indemnización plena. Según la letrada, el caso de V.C., mujer gitana esterilizada sin su consentimiento pleno e informado, no era más que la punta del iceberg.
El 8 de noviembre de 2011, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió, en su primer fallo sobre la esterilización forzada, que el gobierno eslovaco había violado los derechos humanos de V.C., una mujer gitana. Consideró que la esterilización, realizada sin el consentimiento pleno e informado de la mujer, constituía una injerencia grave en su estado de salud reproductiva, y que se habían violado sus derechos a no sufrir malos tratos y al respeto de la vida privada. El Tribunal observó además que, en el historial médico de V.C., el personal médico mencionaba su origen étnico, lo que indicaba cierta predisposición mental con respecto a la manera en que debía gestionarse la salud de las personas de etnia gitana.
En relación al aborto, Amnistía Internacional considera que cuando se restringe el acceso de las mujeres a información y servicios de aborto legales y seguros, sus derechos humanos –incluidos sus derechos a la salud, la vida y a no sufrir tortura ni malos tratos– corren peligro.
Una víctima de violación tiene derecho a la rehabilitación más completa posible. La rehabilitación total debe abordar tanto el impacto constante de la violación inicial como sus efectos posteriores, incluido un embarazo que la víctima puede no desear llevar a término.
El comité contra la Tortura de Naciones Unidas señaló que la prohibición total del aborto en Nicaragua era causa de “profunda preocupación”, ya que exponía a mujeres y niñas a una constante amenaza de graves violaciones de sus derechos, especialmente cuando la continuación del embarazo supone un riesgo para su vida o si el embarazo es producto de una violación.
Una mujer de 27 años conocida como “Amalia” y con una hija de 10 años, a quien le negaron el aborto terapéutico que necesitaba para recibir el tratamiento para combatir el cáncer que padece. Debido a la restricción, Amalia debía decidir entre morir o ingresar en la cárcel por un período de entre 4 y 8 años, tal como establece el Código Penal. Finalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó la adopción de medidas cautelares para proteger su vida y Amalia recibió finalmente el tratamiento que necesitaba.
En Argentina, en 2011, las mujeres continuaron teniendo dificultades para abortar legalmente.
En abril 2011, el Comité de Derechos Humanos de la ONU adoptó una resolución contra Argentina por obstaculizar el acceso al aborto legal a una mujer de 19 años que sufría una discapacidad mental y que había sido violada por su tío en 2006. El Comité concluyó que el hecho de que el Estado no garantizara el derecho de la mujer a poner fin al embarazo le había causado dolor físico y moral, y ordenó a Argentina el pago de una indemnización por daños y la adopción de medidas para impedir similares vulneraciones de derechos en el futuro.
26 de junio de 2012 : Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura
Fuente : Amnistia Internacional
Gracias a Maribel
Gracias a Antía Sánchez Alonso por la imagen de su obra.