Existe el peligro de que se reforme una ley que penaliza los actos de violencia contra las mujeres en Nicaragua, y de que se debilite la protección que esa ley brinda a las mujeres. Si esos cambios se introducen, la seguridad de las mujeres puede verse en serio peligro.
La Ley Integral Contra la Violencia hacia las Mujeres 779 entró en vigor el 22 de junio de 2012. Supuso un importante paso adelante y una herramienta fundamental para combatir la violencia contra las mujeres en Nicaragua. La Ley 779 reconoce el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia e intimidación, y establece que los actos de violencia física y psicológica contra las mujeres son delitos punibles. También enumera las obligaciones del Estado respecto a la aplicación de la ley, así como los derechos humanos de las mujeres amparados por la ley.
Pese a haber sido aprobada por unanimidad en la Asamblea Nacional en enero de 2012, la Ley 779 ha sido objeto de ataques constantes por parte de quienes consideran que rompe la unidad familiar, ya que proporciona a las mujeres y sus hijos una vía más clara para abandonar a parejas violentas y llevar a los maltratadores ante la justicia. A partir del 16 de septiembre, la ley y sus posibles cambios podrían ser sometidos a examen por los miembros de la Asamblea Nacional.
Uno de los elementos fundamentales de la ley, establecido en el artículo 46, es la prohibición de la mediación como vía para responder a ningún caso de violencia. Esta disposición se ve ahora en peligro de ser modificada de manera que los acusados de delitos cuyas condenas sean inferiores a cinco años (lo cual incluye delitos como los daños corporales graves, el secuestro de niños o las amenazas) puedan someter su caso a mediación, en lugar de que se tramite en el sistema de justicia penal. La prohibición de la mediación es un elemento crucial de la Ley 779. Se elaboró sobre la base de estudios que demostraban que la mediación había puesto repetidamente en peligro a mujeres. En los casos en los que haya habido violencia o amenaza de violencia, la mediación puede dejar a la víctima en una posición sumamente vulnerable o incluso ponerla en un mayor riesgo de violencia.
Escriban inmediatamente, en español o en su propio idioma:
- Instando a las autoridades a no debilitar las disposiciones de la Ley 779, ya que eso pondrá a las mujeres en un mayor peligro de sufrir violencia;
- Pidiéndoles que procedan a aplicar plenamente la ley en su forma actual;
- Recordándoles que tienen la obligación de garantizar que no se adoptan medidas retrógradas que constituirían una violación del derecho internacional y expondrían a las mujeres a un mayor peligro de sufrir violencia.
ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS, ANTES DEL 29 DE OCTUBRE DE 2013, A:
Diputado Santos René Núñez Téllez Presidente de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional
Complejo Legislativo Carlos Núñez
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino, Apartado Postal: 4659, Nicaragua
Correo-e.: rnunez@asamblea.gob.ni,
Tratamiento: Sr. Presidente de la Asamblea Nacional
Diputada Irma Davila
Presidenta de la Comisión de Justicia Asamblea Nacional,
Managua, Nicaragua
Correo-e.: idavila@asamblea.gob.ni,
Tratamiento: Sra. Presidenta de la Comisión de Justicia
Y copia a:
Movimiento Autónomo de Mujeres de Nicaragua (MAM) (NGO)
Los Robles Casa No. 148.-
Semáforos Funeraria Montes de los Olivos 3 cuadras al Norte (Lago),
2 cuadra al Este (Arriba) 1 cuadra al Sur y 1/2 Este (arriba)
Envíen también copia a la representación diplomática de Nicaragua acreditada en su país:
( España ) EMBAJADA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Excmo. Sr. Augusto C. ZAMORA RODRIGUEZ
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
Paseo de la Castellana nº 127-1ºB 28046 - MADRID
Teléfono: 91 417 16 49 .-. Secretaria 678 902 884
E-mail: 915970399@embanic.e.telefonica.net
INFORMACIÓN ADICIONAL
Amnistía Internacional ya ha manifestado anteriormente su preocupación por los ataques contra la Ley 779 y los intentos de debilitarla. En mayo, la organización emitió una declaración pública en la que expresaba sus motivos fundamentales de preocupación e instaba a las autoridades a brindar a la ley todo el apoyo que necesitara para garantizar que proporciona una respuesta efectiva a las mujeres que sufren violencia o corren peligro de sufrirla.
Pueden consultar la declaración aquí: http://www.amnesty.org/es/for-media/press-releases/nicaragua-las-autoridadesdeben-apoyar-la-ley-que-protege-las-mujeres-de-la
El Estado no sólo tiene la responsabilidad de proporcionar justicia y apoyo jurídico y psicosocial a las sobrevivientes, sino que además tiene la obligación de ejercer la diligencia debida y prevenir nuevos actos de violencia.
La relatora especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra las mujeres, Rashida Manjoo, expresó recientemente, tras su visita a India, su preocupación por el uso de la mediación en relación con las víctimas de violencia de género. En su declaración, en mayo de este año, dijo:" La triste realidad es que en India siguen violándose los derechos de muchas mujeres, con la impunidad como norma, según las numerosas declaraciones recibidas. A menudo se utilizan la mediación y medidas de indemnización como mecanismo de reparación para abordar casos de violencia contra las mujeres, socavando así el imperativo de rendir cuentas y fomentando normas adicionales de impunidad."
Pueden consultar la declaración (en inglés) aquí:
http://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=13282&LangID=E